Los adoptantes de España y Reino Unido contraen directamente el contrato de mediación en adopción internacional con AMOR, sin utilizar los servicios de Entidades acreditadas en el país de acogida.
AMOR lleva una correspondencia con los Órganos centrales, que han expedido su Certificado de Idoneidad.
Los adoptantes de E.E.U.U. utilizan los servicios de cuatro Entidades acreditadas – contrayentes a AMOR, autorizadas por el Convenio de la Haya, con los que AMOR tiene firmados acuerdos de cooperación conforme el Convenio de la Haya (Agreement with Foreign Provider in Hague Country).
Para más información sobre los contrayentes de AMOR en EEUU puede contactar con nosotros.